sábado, febrero 27, 2016

Acto de entrega de las Banderas de Andalucía 2016 en Granada

Hoy día 26 ha tenido lugar en el Parque de las Ciencias el acto de entrega de las Banderas de Andalucía  a las siguientes personas, entidades, empresas y asociaciones: 
 
El guitarrista Juan Carmona "Habichuela".
El Carnaval de Alhama de Granada.
La Asociación Granada al Pedal.
La investigadora Juana María Gil Ruiz.
El Aula Permanente de formación abierta de la UGR.
La Asociación Ofecum.
Granada a Pedal. 
El Carnaval de Alhama. 
La Cofradía de Pescadores de Motril.
El Parque de las Ciencias.
El Ayuntamiento de Domingo Pérez.
APP Diálisis 24 H.
La Cooperativa de ganaderos Comercializadora Segureña.
La Liga Granadina por la Educación y Cultura Popular.
La Empresa Jalsosa S.L.

El acto, presentado por la periodista Estrella Piné, ha sido presidido por Consejero de Salud de la JA D. Aquilino Alonso y por la Delegada en Granada de la JA Dña. Sandra García Martín, y acompañado por diversas autoridades, ha resultado muy emotivo por el gran reconocimiento a los premiados. 
Al finalizar el nieto del celebre guitarrista  del que no solo ha heredado su nombre sino también el talento artístico interpretó, con la guitarra flamenca,  una excelente pieza y  para finalizar el himno de Andalucía.
Las siguientes fotografías reflejan diversos momentos del acto.

 
Escenario


Premiados

Granada a Pedal

APP Diálisis 24 H

Parque de las Ciencias

Aula Permanente y Ofecum

COSEGUR

Empresa Jalsosa SL.

Autoridades y Premiados

  Y finalmente miembros de la Junta de Andalucía y la UGR

D. Aquilino Alonso, Consejero de Salud de la JA.
Dña. Sandra García Martín, Delegada de la JA en Granada.
D. Higinio Almagro Delegado Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada
Dña. Pilar Aranda, Rectora de la UGR.
Dña. María López Jurado, Vicerrectora de Docencia.
Dña. Carmen García Garnica, Directora del Aula Permanente
Dña. Concha Lázaro, Subdirectora del Aula Permanente.
D. Mario González, alumno del del Aula Permanente. 
 


martes, febrero 23, 2016

El 28 de Febrero nació en Guájar Alto.

El 30 de enero de 1933 es antecedente de nuestro 28 de febrero. Aquella fecha tiene firma granadina. Se celebraba en Córdoba la Asamblea para el anteproyecto del Estatuto Andaluz. Los recelos mutuos taponaban cualquier acuerdo. La delegación conformada por representantes de la capital, se había retirado de la sesión. Cuando todo parecía fracasado, llega un telegrama urgiendo el sentido de la responsabilidad. Aquello desencadena un aluvión de llamadas a la unidad que, forzosamente, hace pensar en una iniciativa organizada. Alguien estaba siguiendo atentamente el desarrollo de las deliberaciones. Alguien permanecía al quite y dispuesto a intervenir con eficacia. Un hombre oscuro pero concienciado, había dispuesto una reacción andalucista que previera cualquier crisis en el seno de las deliberaciones. El documento mecanografiado llega desde un minúsculo pueblo granadino. Se llama Guájar Alto. Cuando la Asamblea piensa en una acción desconectada, veintidós ayuntamientos granadinos acuden por igual procedimiento y con igual llamada a la solidaridad andaluza.

Los representantes de Granada capital, desconcertados por la amplitud de la iniciativa, reconsideran su actitud y regresan al seno de la Asamblea. El anteproyecto de estatuto es aprobado. El momento se cuenta en un momento pero resultó trance histórico en el que Guájar Alto estuvo a la altura de las circunstancias.

Sabemos hoy que el alcalde de Guájar Alto en aquellas fechas decisivas lo era don Diego Camposo Díaz. Cuando firmó, calculaba en algún grado pero no en su totalidad la trascendencia de su iniciativa.

Diego Camposo Díaz había nacido en el mismo Guájar Alto, el 14 de de marzo de 1887, en la entonces calle de la Peana, hoy calle Real y número 23. Falleció en 5 de noviembre de 1974 en el domicilio de una de sus hijas, en la Zubia, en el número 7 de la calle de San Leonardo. Ignoramos aún el partido a que pertenecía, quizá el Republicano Federal. Sólo hemos localizado al secretario del Ayuntamiento en aquel entonces, don Francisco Salcedo Guerrero, maestro antes en Loja, natural de Guájar Alto (nacido el 15 de octubre de 1873) y allí fallecido el 8 de febrero de 1955.
 
Diego Camposo Díaz y el pueblo de Guájar Alto, paisaje bravío en el que "El Peñón" se encarama sobre el río de la Sangre, merecen el homenaje de los andaluces agrecidos. Desde las páginas de IDEAL, gracias a las que hallamos su pista, brindamos al municipio de Los Guájares la idea de un recuerdo en el pueblo del que fue alcalde a este hombre y a aquel Ayuntamiento de los años del primer intento de Estatuto.

miércoles, febrero 10, 2016

Sobre las Reformas Constitucionales en España en el siglo XXI

Para hacer cualquier tipo de reforma constitucional en España hay que seguir las indicaciones del Título X de la Constitución de 1978:

TÍTULO X
De la reforma constitucional
Artículo 166
La iniciativa de reforma constitucional se ejercerá en los términos previstos en los apartados 1 y 2 del artículo 87(1).

Artículo 167
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

Artículo 168
1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar(2), al Capítulo segundo, Sección primera del Título I(3), o al Título II(4), se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

Artículo 169
No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de guerra o de vigencia de alguno de los estados previstos en el artículo 116(5).

 (Las notas 1, 2, 3, 4 y 5 que contienen los textos completos se describen al final de la presente exposición).

En el cuadro que se acompaña a continuación se expresan:


- Los resultados electorales de los años 2000, 2004, 2008 2011 y 2015 relativos al número de Diputados y Senadores.


- El número correspondiente a las dos terceras partes del total, cantidades necesarias para llevar a cabo una reforma electoral según el art. 168.


- El número correspondiente a las tres quintas partes del total, cantidades necesarias para llevar a cabo una reforma electoral según el art. 167.

 - El número que representa la suma de los escaños de todos los partidos excepto los del Partido Popular. 

  - El número que representa la suma de los escaños de todos los partidos excepto los del Partido Socialista.



Pues bien estudiemos, a continuación, la interpretación de estos datos.